3.3.2 Por ley

Prestaciones
que otorgan las leyes
a.
Ley Federal del Trabajo.
b.
Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social.
c.
Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de
los Trabajadores del Estado.
d.
Reglamento de los empleados de trabajo de las Instituciones
de Crédito y Organizaciones Auxiliares.
Prestaciones
que otorgan las organizaciones
a.
Financieras Directas.
b.
Financieras Indirectas.
Prestaciones
para ejecutivos

Prestaciones
que otorga la Ley Federal del Trabajo.
a.
Jornada de trabajo. (art. 61)
b.
Descanso de trabajo de media hora durante la jornada de
trabajo (art. 63)
c.
Pago de horas extras.
d.
Pago de la prolongación del tiempo extraordinario (art.
68)
e.
Un día a la semana de descanso.(art. 69)
f.
Vacaciones. (arts. 76 al 81)
g.
Aguinaldo. (art. 87)
h.
Indemnización. (art. 89)
i.
Participación de utilidades. (arts. 117
al 131)
j.
Adiestramiento (art. 132, fracción XV)
k.
Prima de antigüedad. (art. 162)
l.
Servicio médico de la empresa. (art. 504)

Prestaciones
que otorga el IMSS
Para
la aplicación de las prestaciones del IMSS, las empresas que las reciben
se dividen en: Asegurado, que es el trabajador que paga su cuota correspondiente,
y el Beneficiario que puede ser el cónyuge o concubino del asegurado,
hijos menores de 16 años o menores de 25 años si estudian y de cualquier
edad si están incapacitados y los padres del asegurado cuando dependen
económicamente y viven con él. Las prestaciones incluyen tanto al
asegurado como a los beneficiarios, salvo casos especiales que se
indican a continuación
Prestaciones
sólo para el asegurado:
a.
Salario o subsidio por accidente de trabajo y enfermedades
profesionales.
b.
Subsidio por enfermedades.
c.
Subsidio antes y después del parto a la asegurada.
d.
Pensión por vejez.
e.
Pensión a la viuda.
Prestaciones
de la Ley del ISSSTE
Las
personas que reciben éstas prestaciones son tres:
a.
Trabajador: Son todas aquellas personas que habiendo cumplido
18 años preste sus servicios a las entidades y organismos públicos
mencionados, mediante designación legal, siempre que sus cargos estén
consignados en los presupuestos respectivos.
b.
Pensionistas: Son todas aquellas personas a las cuales
la dirección de pensiones le ha reconocido el carácter con anterioridad
a esta ley y por medio de dicho reconocimiento hubiere sido sancionado
por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como a las que
se les otorgue tal carácter con apoyo a esta misma ley.
c.
Familiares (derecho habientes): Son las personas a las
que se le concede al servicio por medio de; esposa, o compañera con
quien ha vivido más de 5 años con el trabajador o con el que tuviese
hijos, a los hijos menores de 18 años o hasta los 25 si están estudiando,
a otras personas como el padre o la madre del trabajador si depende
de él o viven con él.
1.
Seguro de enfermedades no profesionales y de maternidad
(art. 3 fracción 1)
·
Licencias en caso de enfermedad no profesional.
·
Licencias en caso de maternidad.
·
Asistencia médica.
·
Servicios de ambulancia.
·
Análisis de laboratorio.
·
Hospitalización.
2)
Seguro de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales
·
Licencia en caso de accidente de trabajo.
·
Licencia en caso de enfermedad profesional.
·
Pensión por incapacidad permanente parcial.
·
Pensión por incapacidad permanente total.
3)
Servicios de reducción y de adaptación de inválidos (art. 3, fracción
IV)
4)
Servicios que eleven el nivel de vida del servidor público y de su
familia( )
·
Establecimiento de guarderías.
·
Establecimiento de estancias infantiles.
·
Promoción para el establecimiento de almacenes
y tiendas.
5)
Promociones que mejoren promoción técnica y cultural; y que activen
las formas de sociabilidad del trabajador y de su familia (art. 3,
fracción V)
·
Establecimiento de centro de capacitación
y extensión educativa.
·
Establecimientos de campos deportivos.
·
Establecimiento de centros vacacionales.
6)
Créditos para adquisición en propiedad de casa o terrenos para la
construcción de los mismos, destinados a la habitación familiar. (art. 3 fracción VI)
·
Habitación para los trabajadores
·
Adquisición o construcción de habitaciones
para ser vendidas o rentadas a precios módicos a los trabajadores.
7)
Arrendamiento de habitaciones económicas pertenecientes al instituto.
(art. 3 fracción VII)
·
Arrendamiento de habitaciones.
·
Colonias para los trabajadores.
8)
Préstamos Hipotecarios.
9)
Préstamos a corto plazo.
10)
Jubilación.
11)
Seguro de vejez.
12)
Seguro de invalidez
13)
Seguro por causa de muerte.
·
Muerte por riesgo profesional.
·
Muerte por riesgo no profesional.
14)
Indemnización social.
Prestaciones
que otorga la Ley General de Instituciones de Crédito y Organizaciones
Auxiliares.
Están
contenidas dentro del reglamento de trabajo de los empleados de las
organización de crédito y organizaciones auxiliares expedido en 1953
y actualizado el 13 de julio de 1972 y que se haya en vigor desde
el 15 de ese mismo mes.
a.
Aguinaldo y gratificaciones (art. 12 y 13)
b.
Vacaciones (art. 20)
c.
Despidos (art. 21)
d.
Superación personal, becas, capacitación, biblioteca,
cursos, seminarios, actividades artísticas y culturales.
e.
Asistencia médico quirúrgica y farmacéutica, hospitalización
y aparatos de prótesis y ortopedia.
f.
Salarios por accidentes profesionales
y enfermedades.
g.
Asistencia obstétrica.
h.
Pago al IMSS.
i.
Pensión vitalicia de retiro.
j.
Prestamos en caso de fallecimiento.
k.
Prestaciones para adquirir bienes de consumo.
l.
Prestamos con garantía hipotecaria.
m.
Préstamos a corto plazo.
n.
Descuentos en la compra de artículos de primera necesidad.
ñ)
Crédito y descuentos en casas comerciales.
o.
Subsidio mensual para renta.
p.
Premios de antigüedad.
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