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1.2 Las relaciones laborales desde el punto de vista
jurídico-administrativo

Inicia
con una figura jurídica que es el contrato de trabajo, el cual
puede ser individual, entre trabajador y patrón o colectivo
entre un patrón o uno varios patrones, o uno o varios trabajadores.
Por lo que es importante conocer la diferencia entre contrato de trabajo
y otros convenios que implican la prestación de servicios mediante
el pago de un salario.

Esta relación
es un vínculo legal que se hace al celebrarse un contrato de trabajo
entre el trabajador y el patrón.
Se debe mencionar
en el contrato:
- Tipo de contrato
de que se trata
- Tipo
de trabajo a desempeñar
- Nombre,
nacionalidad, edad, sexo, estado civil y domicilio del trabajador
y del patrón.
- Si
la relación de trabajo es por obra o tiempo determinado o indeterminado.
- Lugar
donde se va a desempeñar el trabajo.
- Duración
de la jornada laboral
- Indicar
que el trabajador será capacitado o adiestrado en términos de los
planes y programas establecidos por la empresa.
- El
servicio o servicios que deban prestarse, los que se determinarán,
con la mayor precisión posible.
- La
forma y el monto del salario
- El
día y el lugar de pago del salario
- Otras
condiciones de trabajo, tales como días de descanso, vacaciones
y demás que convengan el trabajador y el patrón.
En la relación jurídica se determinan ciertos factores que
pueden afectar de alguna manera las relaciones de trabajo tales como:
- Disposiciones
generales del contrato (condiciones de trabajo).
- Suspensión
de los efectos de las relaciones de trabajo.
- Rescisión
de las relaciones de trabajo.
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