bullet21.2 Las relaciones laborales desde el punto de vista jurídico-administrativo

Inicia con una figura jurídica que es el contrato de trabajo, el cual puede ser individual, entre trabajador y patrón o colectivo entre un patrón o uno varios patrones, o uno o varios trabajadores. Por lo que es importante conocer la diferencia entre contrato de trabajo y otros convenios que implican la prestación de servicios mediante el pago de un salario.

 

Esta relación es un vínculo legal que se hace al celebrarse un contrato de trabajo entre el trabajador y el patrón.

Se debe mencionar en el contrato:

- Tipo de contrato de que se trata

  • Tipo de trabajo a desempeñar
  • Nombre, nacionalidad, edad, sexo, estado civil y domicilio del trabajador y del patrón.
  • Si la relación de trabajo es por obra o tiempo determinado o indeterminado.
  • Lugar donde se va a desempeñar el trabajo.
  • Duración de la jornada laboral
  • Indicar que el trabajador será capacitado o adiestrado en términos de los planes y programas establecidos por la empresa.
  • El servicio o servicios que deban prestarse, los que se determinarán, con la mayor precisión posible.
  • La forma y el monto del salario
  • El día y el lugar de pago del salario
  • Otras condiciones de trabajo, tales como días de descanso, vacaciones y demás que convengan el trabajador y el patrón.

            En la relación jurídica se determinan ciertos factores que pueden afectar de alguna manera las relaciones de trabajo tales como:

  • Disposiciones generales del contrato (condiciones de trabajo).
  • Suspensión de los efectos de las relaciones de trabajo.
  • Rescisión de las relaciones de trabajo.

 

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