1.2.1 La Relación Jurídico
- Administrativa

Contrato Colectivo
"Es el convenio celebrado entre uno o
varios sindicatos de trabajadores y uno o varios patrones o uno o varios
sindicatos de patrones con objeto de establecer las condiciones según las cuales
debe presentarse el trabajo a una o más empresas o establecimientos".
De acuerdo al artículo 391 de la Ley
Federal del trabajo el contrato colectivo-debe contener:
El
Contrato colectivo de trabajo debe contener:
I. Los nombres y domicilios de los contratantes.
ll. Las empresas o establecimientos que abarque.
lll. Su duración o la expresión de ser por tiempo
indeterminado.
lV. Las jornadas de trabajo.
V.
Los días de descanso y vacaciones.
Vl. El monto de los salarios.
Vll. Las
cláusulas relativas a la capacitación o adiestramiento de los trabajadores en
la empresa o establecimiento que comprenda.
Vlll.
Disposiciones sobre la capacitación o adiestramiento inicial que se deba
impartir a quienes vayan a ingresar a laborar a la empresa o establecimiento.
lX. Las
bases sobre la integración y funcionamiento.
X. Las demás estipuladas que
convengan las partes.
-Requisitos
El
contrato colectivo de trabajo deberá celebrarse por escrito, bajo pena de
nulidad. Se hará por triplicado, entregándose un ejemplar a cada una de las
partes y se depositará el otro tanto en la junta de Conciliación y Arbitraje,
la que después de anotar la hora y fecha de presentación del documento lo
remitirá a la Junta Federal Local.
El
contrato colectivo de trabajo surtirá efectos desde la fecha y hora de
presentación del documento, salvo que las partes hubiesen convenido en una
fecha distinta.
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